Reconocen derecho de parejas del mismo sexo a recibir pensión de viudez

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció el derecho de las parejas del mismo sexo a recibir pensión por viudez, ya que consideró que lo establecido en el artículo 130 de la Ley del Seguro Social es inconstitucional.

Los ministros analizaron un caso en el que ante la muerte de una persona que vivía en concubinato y que en vida fue trabajador asegurado, su pareja reclamó al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la pensión por viudez; sin embargo, la institución de negó al basarse en dicho artículo, el cual establece que sólo tienen derecho a esa pensión las parejas integradas por hombre y mujer.

“La Segunda Sala consideró que ese artículo es inconstitucional, porque condiciona el disfrute de dicha pensión a que el solicitante sea de un sexo diferente al del trabajador o pensionado fallecido, lo cual es violatorio del derecho a la seguridad social, el principio de igualdad y no discriminación y el derecho de protección a la familia”.

Vía: Publimetro.


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